Implementan medidas para venta regulada de productos en Holguín
- Por Lourdes Pichs Rodríguez
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Desde el pasado 15 de agosto entró en vigor la Resolución 200 del Gobernador de la provincia, Julio César Estupiñán Rodríguez, sobre la distribución y venta de productos de primera necesidad y alta demanda, a lo cual se suman 11 medidas de estricto cumplimiento en los 14 Consejos municipales, por entidades productoras de cada territorio, el Grupo Empresarial de Comercio y las cadenas de Tiendas Caribe y Cimex.
Durante una Revista Especial, trasmitida este jueves por Telecristal, en la cual comparecieron Yunia Pérez Hernández, vicegobernadora y Yanet Doimeadios Guerrero, secretaria del Gobierno Provincial de Holguín, así como otros funcionarios, fue presentada la nueva decisión gubernamental y cómo será su implementación en el territorio.
Pérez Hernández explicó que en los últimos dos meses se han afrontado varias situaciones con la elaboración y entrega a la población de un grupo de renglones, en específico citó algunos de mayor incidencia y entre ellos los previstos para niños y ancianos, como el pan de la cuota, la leche y el yogur, debido a situaciones objetivas, por déficit de materias primas, como la harina, o las interrupciones en el fluido eléctrico.
Por lo cual, a partir de la experiencia lograda con la distribución de determinados renglones durante la epidemia de la COVID-19 y atendiendo a las afectaciones existentes hoy, en la Resolución se plantea “la necesidad de implementar un mecanismo que permita regular la venta de productos de primera necesidad y otros de alta demanda en la red minorista del sistema del Comercio Interior, destinados a la venta liberada, con el objetivo de minimizar el impacto de las limitaciones de dichos productos, en el mercado interno”.
“Los organismos productores de alimentos enclavados en los 14 territorios deben cumplir las indicaciones del Gobierno, así como el Grupo Empresarial de Comercio y las cadenas de Tiendas Caribe y Cimex”, significó.
En tal sentido, Yanet Doimeadios Guerrero, secretaria del Gobierno Provincial de Holguín, significó que conforme con la Constitución de la República, que en su Artículo 174, señala al Gobernador como el máximo responsable ejecutivo-administrativo en su territorio y ante la situación enfrentada en la producción, venta y distribución de algunos alimentos y otros artículos, emitió la Resolución 200, luego de un proceso de consulta con entidades y los Consejos de Administración municipales.
Al respecto dijo que en el cuerpo del documento hay tres aspectos que responsabilizan de su cumplimiento al Grupo Empresarial de Comercio (Gruci). Entre ellas, este organismo junto con las empresas suministradoras deben conciliar la distribución de los productos de forma mayorista a la red minorista del sistema de Comercio, de manera que se logre una distribución equitativa en cada municipio, es decir, de acuerdo con la cantidad de habitantes.
Además, el Gruci “será el encargado de viabilizar los mecanismos necesarios para evitar demoras en la comercialización de lo asignado a cada territorio, así como asegurará acciones encaminadas a posibilitar la venta regulada y controlada de cigarros y tabacos, al igual que de otros renglones alimenticios y no alimenticios, incluyendo las bebidas alcohólicas”.
La Resolución, también, regula que los artículos en venta en moneda nacional de suministradores de la Industria Alimentaria, de la Agricultura, Turismo y otros, como Cultura, que realizan comercialización minorista estarán en la obligación de conciliar las mismas con los Consejos de la Administración Municipal de cada territorio.
Doimeadios señaló que los Intendentes establecerán sistemas de trabajo dirigidos a propiciar la organización y control de las medidas orientadas para certificar el cumplimiento de lo dispuesto.
La Secretaria del Gobierno añadió que las 11 medidas dictadas, además, serán de exacta observancia por las cadenas de Tiendas Caribe y Cimex y suministradores, entre ellas mantener el expendio de los productos controlados, es decir de los cárnicos, aceite y detergente de forma regulada en puntos de venta o desde las propias unidades, siempre previa anotación en la Libreta de Abastecimientos, como se realizó en el periodo de la COVID-19 con estos tres productos básicos.
Acotó que en el caso de las comunidades donde no existan tiendas o establecimientos de esa red de unidades recaudadoras de divisa, sus directivos coordinarán con los Intendentes las ventas de los módulos en otros centros con la debida seguridad y condiciones.
Se incorporan a la comercialización regulada otros artículos de alta demanda, como algunos destinados a niños pequeños y a las embarazadas. En estos casos será prerrogativa de los Intendentes los sistemas de expendios a emplear, de acuerdo con las cantidades disponibles en cada territorio.
Doimeadios Guerrero apuntó que el Gobernador llamó a priorizar a grupos vulnerables, como niños, gestantes y personas mayores de 65 años y otros bien definidos en cada municipio, de acuerdo con estudios realizados por Seguridad Social y el Órgano del Trabajo.
Otra de las medidas dispuestas es la comercialización ágil para evitar inventarios innecesarios en almacenes y en la red minorista, así como el Gobernador limita la venta de módulos o productos a entidades o centros de trabajo; solo los que se autoricen por el Intendente del municipio y el Coordinador que atiende el Programa de los Servicios en la provincia y solo será en los casos que demanden una alta prioridad.
“El Gobernador indicó mantener acciones de coordinación y control de los productos que se comercializan en MLC, en lo fundamental de aquellos de más solicitados, para lo cual deberán implementarse medidas entre las cadenas de tiendas y los Intendentes, para de manera conjunta prever las formas de expendio y regulación”, añadió.
Por su parte Nelvis PattersonSesionó Consejo Provincial del Poder Popular en Holguín, directora general de Gruci, dijo que para garantizar el cumplimiento de lo orientado el sistema de Comercio en la provincia estableció las Resoluciones 84 y 85. “La primera prevé la venta cigarrillos y tabacos solo en la red de bodegas, por núcleo y los per cápita se decidirán cada mes, de acuerdo con disponibilidades en los municipios y se dará un término de hasta 10 días para su compra, a partir de iniciado el expendio”.
Otro de los productos regulados es el ron, que solo se ofrecerá en establecimientos de la Gastronomía, pero en el servicio de coctelería y por tragos, nunca por botellas; de similar manera sucederá con los vinos.
De igualar manera anunció las regulaciones fijadas para la venta de cervezas y productos de aseo (jabón, crema dental y detergente líquido), cuya distribución se mantiene como hasta ahora, de acuerdo con las por per cápitas fijadas por el Mincin.
Finalmente, la Vicegobernadora recabó de la cooperación de todos para conocer cualquier incidencia que ocurra en el cumplimiento de lo estipulado, para lo cual hay un sistema de comunicación establecido, a través del cual la población puede informar de manera inmediata a través de los teléfonos habilitados en las Oficinas de Atención a la Población y Puestos de Dirección de los 14 gobiernos municipales, así como en la provincia, todos con amplia divulgación.
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Comentarios
Ahora si nadie recibirá nada, seguramente una vez cada 6 meses o más. Siguen repartiendo equitativo, incluyen entonces, a los que no trabajan con el estado y a los que están en la calle revendiendo.
Cada día eliminan las pocas bondades que trae trabajar con el estado.
Ahora si se salvaron los bodegueros y revendedores.
Entre ellas se destacan:
1-Realizar el expendio de productos controlados (cárnicos, aceite y detergente) de forma regulada en puntos de venta o desde las propias unidades, previa anotación en la Libreta de Abastecimientos, como se realizó durante enfrentamiento a la COVID-19 con estos tres productos básicos.
2-Estas ventas se realizarán de manera coordinada entre Tiendas Caribe y Cimex con Comercio y los Gobiernos en los municipios, desde los Consejos Populares, que se irán sellando con la venta de determinado producto para comenzar con otro Consejo.
3-Donde no existan tiendas o establecimientos recaudadores de divisa, sus directivos coordinarán con los Intendentes las ventas de los módulos en otros centros con la debida seguridad y condiciones, estos en los casos donde los productos no lleguen a determinadas bodegas del Consejo o con algunos artículos, como pámpers y otros .
4-Existirá prioridad para la venta de determinados renglones a grupos vulnerables, como niños, embarazadas y personas de la tercera edad mayores de 65 años, entre otros.
5-Quedó limitada el expendio directo de módulos de alimentos y aseo a centros de trabajo. En este caso solo se autorizarán casos excepcionales por el Intendente del municipio y el Coordinador del Programa de los Servicios en la provincia.
6- De acuerdo Con Resolución 84 y 85 del Gruci la venta de cigarrillos y tabacos se hará efectiva solo en la red de bodegas, por núcleo y los per cápita se decidirán cada mes, de acuerdo con disponibilidades en los municipios, y se dará un término de hasta 10 días para su compra a partir de iniciado el expendio.
7-El ron y vino se venderá en establecimientos de la Gastronomía, pero en el servicio de coctelería (ron) y por tragos, nunca por botellas. La cerveza se ofertará por platos hasta un máximo de dos.
Aclaración Alberto: Por ejemplo, ud recibía dos módulos, hay trabajadores que nunca recibieron nada. Y están ventas quienes las realizarán son los de las Tiendas Caribe y Cimex, los bodegueros solo llevarán la relación de núcleos al lugar donde se expenderán los productos. Lo que sí se debe ganar es en organización e información a los consumidores de cuándo y dónde será la venta de determinado producto. Saludos, Lourdes
RESOLUCIÓN 200 del Gobernador de la provincia de Holguín
POR CUANTO: La Constitución de la República dispone en su artículo 174 que el Gobernador es el máximo responsable ejecutivo-administrativo en su provincia.
POR CUANTO: La Ley número 138 “De organización y funcionamiento del Gobierno Provincial del Poder Popular”, dispone en su artículo 25.1 dentro de las funciones del Gobernador, la del inciso e) impartir indicaciones en el ejercicio de la actividad ejecutivo-administrativa que desarrolla.
POR CUANTO: Resulta necesario implementar un mecanismo que permita regular la venta de productos de primera necesidad y otros de alta demanda en la red minorista del sistema del Comercio Interior destinados a la venta liberada, con el objetivo de minimizar el impacto de las limitaciones de dichos productos, en el mercado interno; por lo que se emitirá un pronunciamiento como más adelante se dirá.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 24 inciso c) de la Ley número 138 “De organización y funcionamiento del Gobierno Provincial del Poder Popular”:
RESUELVO
PRIMERO: Disponer que el Grupo Empresarial de Comercio de Holguín de conjunto con las empresas suministradoras, concilien la distribución de productos de forma mayorista hacia la red minorista del sistema del Comercio Interior, que permita una distribución equitativa por cada territorio.
SEGUNDO: El Grupo Empresarial de Comercio de Holguín queda encargado de viabilizar los mecanismos para evitar demoras en la comercialización de los productos, una vez asignado a cada territorio.
TERCERO: Responsabilizar al Grupo Empresarial de Comercio de Holguín con el aseguramiento de los mecanismos para la venta regulada y controlada de los productos cigarro y tabaco, así como de otros alimenticios y no alimenticios, incluyendo las bebidas alcohólicas.
CUARTO: La venta minorista de productos en Moneda Nacional, comercializados por otras entidades pertenecientes al Ministerio de la Industria Alimentaria, de la Agricultura, Turismo y Cultura, será en coordinación con los consejos de la Administración Municipal de cada territorio.
QUINTO: El Grupo Empresarial de Comercio de Holguín queda encargado dentro de su competencia, con el control de lo que en la presente se dispone.
[censored]TO: Los intendentes municipales crean sus mecanismos de organización y control para asegurar el cumplimiento de lo que en la presente se dispone.
SÉPTIMO: La presente Resolución surtirá efectos legales a partir del 15 de agosto de 2022.
NOTIFÍQUESE a los intendentes municipales, a la Directora del Grupo Empresarial de Comercio de Holguín y a las empresas suministradoras del Comercio Interior.
COMUNÍQUESE a la Vicegobernadora, al Coordinador de Programas y Objetivos para la Agroalimentaria, al Coordinador de Programas y Objetivos para los Servicios, a la Coordinadora del Ministerio de la Industria Alimentaria en la provincia, a los presidentes de las asambleas municipales del Poder Popular, a los directores de las empresas municipales de Comercio y Gastronomía y a otros comercializadores minoristas.
ARCHÍVESE la presente en el protocolo previa inscripción en el Registro de Disposiciones Jurídicas del Órgano habilitado al efecto.
Dada en la Sede del Gobierno Provincial del Poder Popular de Holguín a los 8 días del mes de agosto de 2022.
Julio César Estupiñán Rodríguez
Lic. Yudith Ramírez Lauzao, Asesora Legal, inscripta al No. 44458 del Registro General de Juristas.
Certifico: Que la presente es copia fiel, literal y exacta de la original, que obra en el archivo jurídico a mi cargo.
Dado en Holguín, a los 8 días del mes de agosto de 2022.
Priorizando a los cuentas propista a comprar cuantas balitas lleven esos mismos q le cobran al pueblo hasta 200 pesos por ese servicio.
Y yo me pregunto q le queda al q trabaja .
Tan siquiera no nis dejaron un dia para realizar esa compra .fue más facil eliminarlo .
Porq ahora tenemos q dejar de trabajar para haser una cola larga de dias para lograr comprar